Libertad sindical
María Esperanza Hermida
exigibilidad@derechos.org.ve
22-01-2016
La Asamblea Nacional puede promulgar una disposición de carácter orgánico suprimiéndole al Ministerio del Trabajo sus facultades injerencistas en los sindicatos. Al menos jurídicamente, ello aportaría un granito en el camino al cese de la violencia
El Ministerio del Trabajo obstruye las elecciones sindicales con intervenciones que generan un clima de violencia. Empezando el año, el pasado 15 de enero, la situación vivida en el Sindicato de Trabajadores de Ferrominera del Orinoco (Sintraferrominera), inaugura las estadísticas del 2016 en Guayana, con 2 trabajadores heridos gravemente con arma blanca durante una asamblea. ¿La causa? El intervencionismo del Estado en la vida interna de los sindicatos
Este nuevo hecho de violencia tiene antecedentes. Uno es la Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT) vigente que atribuyó al Ministerio del Trabajo la facultad de decidir el contenido de los estatutos sindicales. La oficina del Registro Nacional de Organizaciones Sindicales (RENOS) de ese Ministerio certifica si los estatutos cumplen determinadas condiciones, entre ellas la “Norma sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales”, establecida por el Consejo Nacional Electoral. En Sintraferrominera el RENOS señala que no cumplió esa previsión, y por eso no puede hacer elecciones. Esta situación desencadenó los eventos que se produjeron el pasado 15 de enero.
Otro antecedente se remonta al 9 de junio de 2011, cuando el trabajador Renny Rojas fue asesinado en una asamblea de Sintraferrominera, convocada para elegir su comisión electoral. En ese entonces se inculpó a Rodney Álvarez, quien tiene casi 5 años privado de libertad. Tanto la directiva sindical como testigos del hecho señalaron públicamente que el homicidio fue cometido por otra persona, que estaría siendo protegida por el Psuv. La violencia en la asamblea pretendía impedir las elecciones.
Una referencia insoslayable de las prácticas antisindicales gubernamentales que han afectado a Sintraferrominera, es el encarcelamiento en 2009 y durante 18 meses de su Secretario General Rubén González. Secuela de ello fue el amañado juicio penal seguido en su contra hasta que fue absuelto el 23 de abril de 2014. La defensa, donde participó PROVEA, reivindicó en ese juicio el ejercicio de la huelga como un derecho humano y derrotó la pretensión del Ministerio Público de criminalizar el sindicalismo.
A esta serie de eventos se suma el absoluto desconocimiento por parte del gobierno a las recomendaciones emanadas del Comité de Libertad Sindical y a las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos en la Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo. De allí la identificación de la situación de Sintraferrominera como un caso emblemático de violación del derecho humano a la libertad sindical en Venezuela.
La Asamblea Nacional puede promulgar una disposición de carácter orgánico suprimiéndole al Ministerio del Trabajo sus facultades injerencistas en los sindicatos. Al menos jurídicamente, ello aportaría un granito en el camino al cese de la violencia.
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